La Ley 20.584 dice que toda persona tiene derecho a aceptar o rechazar un tratamiento después de recibir información suficiente. Ese consentimiento es verbal por regla general, pero debe constar por escrito en cirugías, procedimientos invasivos y los que tienen un riesgo relevante y conocido.
Los procedimientos invasivos o que penetran la piel, como la micropigmentación, requieren autorización sanitaria y un director técnico que sea profesional de la salud. Un instituto de belleza solo puede atender a personas sanas con fines estéticos.
Aunque tu tratamiento no exija el consentimiento por escrito, dejarlo firmado es la mejor práctica: deja constancia de qué se explicó y qué declaró la paciente.
Las fotos de antes y después son datos personales. Desde el 1 de diciembre de 2026 la Ley 21.719 exige consentimiento expreso para tratar datos de salud, así que conviene pedir la autorización de las fotos aparte y por escrito.